*Tenga en cuenta que algunos enlaces/documentos sólo están disponibles en inglés

Información para los Reclamantes

El Departamento de Servicios de Empleo (DOES, por sus siglas en inglés) de DC es la única fuente de información y apoyo para cualquier reclamo de desempleo en el Distrito de Columbia.

Si cree que es víctima de un robo de identidad o tiene motivos para creer que se ha hecho un uso indebido de su información personal, debe comunicarse de inmediato con la Comisión Federal de Comercio y/o la oficina del Fiscal General.

Para los habitantes del Distrito de Columbia: 

Office of the Attorney General for the District of Columbia
4441 4th Street NW, Suite 1100 South
Washington, D.C. 20001
(202) 442 – 9828

https://oag.dc.gov

Los habitantes fuera del Distrito pueden visitar Reportar desempleo Robo de identidad | Departamento de Trabajo de EE. UU. para comunicarse con su oficina local.

Denuncia de robo de identidad y obtención de un informe policial: tiene derecho a obtener cualquier informe policial presentado en los Estados Unidos con respecto a este incidente. Si es víctima de fraude o robo de identidad, también tiene derecho a presentar una denuncia policial.

Denunciar el robo de identidad

  • Reporte el robo de identidad al Departamento de Servicios de Empleo (DOES, por sus siglas en inglés): Reportar Sospechosa Comunicación del Seguro de Desempleo
  • Si vive fuera del estado, utilice el Directorio estatal para denunciar el robo de identidad por desempleo en la parte inferior de esta página web del Departamento de Trabajo de EE. UU. para averiguar cómo comunicarse con la agencia estatal.
    • Si es posible, reporte el fraude en línea. Un informe en línea le ahorrará tiempo y será más fácil de procesar para la agencia.
    • Guarde cualquier confirmación o número de caso que obtenga. Si habla con alguien, mantenga un registro de con quién habló y cuándo.
    • Siga los pasos que le indique la agencia.
  • Reporte el fraude a su empleador. Guarde una copia de cualquier confirmación que reciba.
  • Denuncie el fraude al Centro Nacional para el Fraude en Desastres (NCDF, por sus siglas en inglés) del Departamento de Justicia de EE. UU. completando un Formulario de Queja de NCDF en línea o llamando al 866-720-57.
Fraude

Proteja su crédito

  • Considere congelar su crédito con las tres (3) agencias principales de información de crédito. Obtenga más información aquí: Lo que hay que saber sobre la congelación del crédito y las alertas de fraude.
  • Detiene la mayoría de acceso a su informe de crédito a menos que lo levante o elimine la congelación.
  • Es gratis de poner y quitar la congelación.
  • Dura hasta que se levanta o se quita la congelación.
  • Requerirá que tome algunos pasos adicionales la próxima vez que solicite un crédito.

Información de contacto las tres (3) agencias principales de información de crédito:

TransUnion

Experian

Equifax

Una alternativa para congelar su crédito sería poner una alerta de fraude en sus informes de crédito. Ponga una alerta de fraude gratuita por un año comunicándose con una de las 3 oficinas nacionales. Use la información de contacto de la agencia de crédito provista. Si se comunica con una agencia de crédito, están obligados a compartir la información con las otras dos.

Reporte una cuenta o transacción que no reconozca. Visite Reporte de Robo de Identidad de Desempleo | Departamento de Trabajo de EE. UU. y siga los pasos del sitio.

Manténgase alerta a las nuevas señales de robo de identidad

  • Revise sus informes de crédito regularmente en AnnualCreditReport.com.
  • Hasta el 20 de abril de 2022, puede obtener un informe de crédito gratuito cada semana de cada una de las tres agencias principales de información de crédito.
  • Si encuentra nuevos indicios de robo de identidad, como cuentas o transacciones que no reconoce, regrese a IdentityTheft.gov para presentar un informe y obtener un plan de recuperación personal.

Presentar sus declaraciones de impuestos

Todos los que reciben beneficios de desempleo deben obtener un Formulario 1099-G del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) (Ciertos pagos del gobierno), que se utiliza para informar los ingresos en sus declaraciones de impuestos. Si recibe un formulario 1099-G, pero no obtuvo ninguno o todos los beneficios enumerados en el formulario, visite el sitio web de IRS para obtener guía de IRS sobre el robo de identidad relacionado con los beneficios de desempleo.

¿Qué es el fraude del Seguro de Desempleo?

Si recibe beneficios en base de información falsa o incorrecta que proporcionó intencionalmente cuando presentó su reclamo, está cometiendo fraude. El fraude al Seguro de Desempleo es penalizado por la ley y los que lo cometan podrían enfrentarse a varias sanciones y consecuencias graves.

Los ejemplos de fraude del Seguro de Desempleo podrían incluir:

  • Regresa al trabajo, pero continuar recibiendo beneficios del Seguro de Desempleo.
  • Tiene un trabajo de medio tiempo, pero no informa sus ingresos al estado, por lo que recibe más beneficios de los que se le permiten.
  • Realiza un trabajo temporal mientras recibe los beneficios del Seguro de Desempleo, pero no informa los ingresos al presentar su reclamo semanal.
  • Retener información o dar información falsa a la agencia estatal del Seguro de Desempleo.
  • No poder recibir beneficios del Seguro de Desempleo en el futuro.
  • Nueva sanción impuesta por el gobierno federal por sobrepagos fraudulentos – Vigente a partir del 1 de octubre de 2014.
  • Cualquiera que reciba los beneficios del Seguro de Desempleo es legalmente responsable de cumplir con los requisitos establecidos por la ley estatal. El incumplimiento de las reglas puede tener consecuencias graves que le afectarán a usted y a su familia.

¿Qué es un pago incorrecto?

Un pago indebido del Seguro de Desempleo es cuando recibe pagos de beneficios cuando no califica. Recibirá un documento de DOES explicando esta decisión junto con la cantidad total del pago indebido.

Algunas de las razones más comunes para los pagos indebidos son:

  • No reportar todo lo que ganó.
  • Informar incorrectamente cuánto ganó, por ejemplo, informar el pago “que se lleva a casa”, en lugar del pago bruto.
  • Recibir el pago retroactivo de su empleador por las semanas que recibió beneficios de desempleo
  • Una decisión de un Juez de Derecho Administrativo en la Oficina de Audiencias Administrativas para anular una decisión anterior de que usted tenía derecho a los beneficios.
  • Continuar solicitando beneficios después de regresar al trabajo de tiempo completo.

Los reclamantes son responsables de devolver la cantidad total que se les pagó indebidamente.

El reembolso se puede realizar en un solo pago o como parte de un acuerdo de plan de pago con DOES. Los futuros beneficios de desempleo también pueden ser denegados si hay un saldo pendiente de pago. Si no se realiza el reembolso, se pueden iniciarse acciones legales para cobrar el pago. Sus reembolsos de impuestos de DC pueden usarse para pagar la cantidad adeudada. Si es un empleado del gobierno del Distrito, su salario puede usarse para pagar la cantidad que debe.

De acuerdo con la ley federal, si DOES determina que los pagos realizados a usted fueron fraudulentos porque usted informó información falsa o deshonesta, deberá devolver la cantidad más el 15%. Por ejemplo, si recibió $400 en un pago indebido, deberá $460 (el 15 % de $400 es $60).

Si tomó la decisión de proporcionar información falsa o no le informo a DOES información importante para obtener o aumentar los beneficios, puede ser descalificado por hasta un año después de la fecha de finalización de su año de beneficios. También puede estar sujeto a enjuiciamiento penal y posible tiempo en la cárcel.

¿Dónde envío mi pago?

Haga su cheque o giro postal a nombre de DOES. Incluya su nombre completo y los últimos cuatro dígitos de su Número de Seguro Social. Todos los pagos a DOES deben enviarse a:

Department of Employment Services
Benefit Payment Control Branch
4058 Minnesota Avenue NE – Suite 3100
Washington, DC 20019

¿Qué sucede si no devuelvo la cantidad del pago incorrecto más el 15 % de multa además?

Si no paga el monto pagado indebidamente o no sigue el plan de pago que acordó con DOES, sus futuros salarios, declaraciones de impuestos o futuros reclamos de desempleo presentados en cualquier estado podrían usarse para pagar el dinero que debe.

Si no paga la multa, puede estar sujeto a una compensación de impuestos federales, estatales y a una remisión para enjuiciamiento.

Si está tratando de pagar un pago indebido y no puede realizar los pagos, puede solicitar una exención. Tenga en cuenta que, si está devolviendo pagos indebidos debido a un fraude, no califica para una exención.

¿Cómo reporto un fraude?

Si cree que puede haber cometido fraude de Seguro de Desempleo, permítanos ayudarle a resolver el problema. Llame hoy al 1.877.FRAUD.60 (1.877.372.8360).

Si tiene conocimiento de un fraude al Seguro de Desempleo y desea denunciarlo, llame inmediatamente al 1.877.FRAUD.60 (1.877.372.8360).

Información para empleadores

El Departamento de Servicios de Empleo (DOES) de D.C. es la única fuente de información y apoyo para cualquier reclamo de desempleo en el Distrito de Columbia

Sobrepagos

Si se determina que los reclamantes han recibido beneficios a los que no tienen derecho, recibirán una notificación por escrito que explica la cantidad del sobrepago y el motivo del sobrepago. Algunas de las razones más comunes por los sobrepagos son las siguientes:

  • No reportar ganancias;
  • Informar ganancias incorrectamente (p. ej., informar ganancias netas en lugar de ganancias brutas);
  • No reportar pensiones;
  • Una decisión de un Examinador de Apelaciones o de la Oficina de Audiencias Administrativas que anula una decisión anterior de que los reclamantes tenían derecho a los beneficios;
  • Continuar solicitando beneficios después de regresar al trabajo de tiempo completo; o
  • Pagos retroactivos: si los reclamantes han vuelto a trabajar con pagos retroactivos, se les paga de más por las semanas por las que recibieron beneficios de Seguro de Desempleo. Si un empleador concede un pago retroactivo a un reclamante que ha recibido beneficios durante el mismo período cubierto por el pago retroactivo, el empleador está obligado por ley a retener del pago retroactivo una cantidad igual a los beneficios pagados. Para obtener información sobre los beneficios recibidos o los pagos, comuníquese con la Unidad de Control de Pago de Beneficios del Seguro de Desempleo al (202) 698-5111.

Pago de sobrepagos

Los reclamantes que son sobrepagados son responsables de pagar el total al estado. El pago puede hacerse en un solo pago o en cuotas acordadas. Los futuros beneficios de desempleo adeudados también pueden retenerse para satisfacer los sobrepagos pendientes. Si no se realiza el pago, se emprenderán acciones legales para cobrar el sobrepago

Multa por fraude

Por mandato federal por el Departamento de Trabajo de los EE. UU., a partir del 1 de octubre de 2014, todos los pagos de Compensación por Desempleo realizados a partir del 21 de octubre de 2013, que la agencia determinó que eran fraudulentos, serán sancionados con una multa monetaria del 15%. Esta multa del 15% se pagará además de la cantidad total del sobrepago fraudulento. Si los reclamantes conscientemente hacen declaraciones falsas, falsifican contactos de búsqueda de trabajo u ocultan datos importantes para obtener o aumentar los beneficios, pueden ser descalificados por hasta un año después de la fecha de finalización del año de beneficios. También están sujetos a enjuiciamiento civil o penal y posible encarcelamiento.

Aviso importante para los empleadores: A partir del 21 de octubre de 2013, la ley federal prohíbe el alivio de los cargos del empleador en los casos en que los empleadores demuestren un patrón establecido de no responder a las solicitudes de separación e información salarial.

 El alivio de los no cargos también se extiende a los empleadores que no presenten sus informes trimestrales a tiempo. Como tal, el Distrito no brindará alivio a la cuenta del Seguro de Desempleo de un empleador por sobrepagos del Seguro de Desempleo si se determina que el sobrepago resultó de que el empleador no respondió a las solicitudes de separación y solicitudes de salarios o no proporcionó informes trimestrales de salarios de manera oportuna. El Distrito ha determinado que dos intentos fallidos separados de recibir información de un empleador resultarán en la prohibición de la exención de cargos.

Retención de impuestos

Los beneficios del Seguro de Desempleo están sujetos a los impuestos federales y del Distrito. Los reclamantes pueden elegir cómo se hacen las deducciones de los beneficios del Seguro de Desempleo y se les enviaran un formulario 1099 al final del año.

Detección de pagos indebidos

El Departamento de Servicios de Empleo (DOES) emplea muchas técnicas para detectar reclamantes que pueden estar recibiendo o que han recibido beneficios a los que no tienen derecho. Esto incluye:

  • Una auditoría aleatoria de reclamos por parte de la Unidad de Medición de Exactitud de Beneficios;
  • Comparación de datos computarizados de salarios informados por empleadores con beneficios de desempleo pagados por las mismas semanas;
  • Una investigación de la información recibida de los empleadores;
  • Comparación de datos computarizados de salarios informados por empleadores en estados vecinos, como Maryland y Virginia;
  • Comparación de datos computarizado de información de nuevas contrataciones.

Papel del empleador en la detención del pago indebido de beneficios del Seguro de Desempleo

Cada trimestre, los empleadores reciben un resumen de todos los cargos en sus cuentas. Los empleadores deben revisar cuidadosamente estos resúmenes de cargos trimestrales para ver si hay personas en la lista que reciben beneficios de Seguro de Desempleo que regresaron a trabajar durante el trimestre en cuestión.

En algunos casos, un reclamante puede haber estado en la nómina de pago de un empleador y haber recibido correctamente los beneficios de desempleo para el mismo trimestre. Los empleadores que sospechen que un reclamante puede haber recibido beneficios indebidos deben comunicarse con la Oficina de Compensación por Desempleo – Unidad de Control de Pago de Beneficios al (202) 698-5111.

Los empleadores también pueden ayudar a detectar pagos de beneficios indebidos cooperando con las solicitudes de información recibidas del Departamento de Servicios de Empleo (DOES) sobre los ingresos semanales detallados de los reclamantes que se sospecha que han recibido pagos indebidos. Para obtener más información, lea: Departamento de Servicios de Empleo de D.C.: Manual de Seguro de Desempleo para empleadores.

Department of Employment Services
4058 Minnesota Ave, NE
Washington, DC 20019
Teléfono: (202) 724-7000
Fax: (202) 673-6993
TTY: (202) 698-4817
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